viernes, 11 de julio de 2014

Lo civilizado, lo constitucional

Jorge G. Alvear Macías


A medida que se analizan las pretendidas “enmiendas” a la Constitución han aflorado indicios de riesgos a la estabilidad de los principios jurídicos de ella, además de la objeción por inconstitucional del procedimiento escogido por la Asamblea para modificarla.
También se han pronunciado advertencias (además de las que cuestionan el intento de eliminar la prohibición a la reelección indefinida de funcionarios de elección popular) sobre la amenazadora regresión de derechos fundamentales que significaría introducir en la Constitución la definición de la comunicación como servicio público.
Coincido con quienes opinan que es atentatorio a los derechos humanos limitar el ejercicio de la acción de protección. Esta le permite al ciudadano obtener amparo directo y eficaz en caso de vulneración de derechos constitucionales. Asimismo se ha criticado, por peligroso, que se atribuyan a las Fuerzas Armadas funciones propias de la Policía, contraviniendo la jurisprudencia interamericana de derechos humanos; y la eliminación de la evaluación a la gestión de la administración pública, que realiza la Contraloría.

Lamentablemente, también hay indicios en las declaraciones de los actores comprometidos con las reformas constitucionales, aunque insistan en llamarlas enmiendas, de que las advertencias están siendo ignoradas. Algo similar ocurre con las observaciones ciudadanas al proyecto del Código Monetario y Financiero. La Comisión de Régimen Económico de la Asamblea que elaboró el informe al proyecto que se debate no efectuó los cambios de fondo solicitados, especialmente a los cuestionados poderes de la Junta de Regulación. En el proyecto permanece la disposición que ordena el archivo de toda acción judicial en contra de los titulares de ese organismo de control, con excepción de las que inicie la Fiscalía General del Estado por delitos contra la administración pública. Pese a que desde la sociedad civil se ha planteado su inconveniencia, entre otras normas cuestionadas.
Lo que viene ocurriendo en la Asamblea es muy grave. En el debate de las leyes y en las reformas de la Constitución no son atendidas las críticas, sugerencias u observaciones con un análisis responsable y sin sesgo. Al obrar así, no se está considerando que ello dificulta el ejercicio de los derechos ciudadanos y se afectan la institucionalidad y la convivencia pacífica.
A la Asamblea le falta reflexionar que la ocupación amplia de los escaños de ese órgano legislativo no es justificación para deshacer principios democráticos y jurídicos de la Constitución, ya sea aprobando sus reformas o leyes que no se amoldan a ella. Más aún cuando la Constitución fue aprobada por propuesta del mismo movimiento al que pertenece esa mayoría.
Por encuestas que han llegado a mi conocimiento se deduce que la aprobación de leyes que infringen la Constitución o los procedimientos para modificarla, incluidas la ausencia de fiscalización y la falta de independencia, constituyen causas de detrimento de la imagen de la Asamblea. Al punto que el 72% de la población desaprueba su gestión.
En las circunstancias anotadas, si los miembros de la Asamblea no se ajustan en sus funciones a la Constitución, habría las condiciones para que el cuerpo político de la sociedad les revoque el mandato, según lo prevé el artículo 105 de la Carta. Es lo civilizado, lo constitucional, para defenderse del poder descontrolado.
*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 11 de julio del 2014.

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