viernes, 22 de abril de 2022

15 años del ataque al TC

Jorge G. Alvear Macías


Hoy, hace 15 años, se inició la ruptura de la democracia y la ciudadanía no se percató. Una turba del gobierno de Correa nos agredió a quienes éramos vocales del Tribunal Constitucional (TC). Hubo más abusos, pero ese día comenzó el derrumbe de la separación de poderes, concebida por Montesquieu. Lo empezaron quienes vociferaban la cantinela “¡Se van y no volverán!”. Destacaba un cabecilla del MPD de apellido Escala. Rompieron puertas e intentaron herirnos con garrotes, por haber impartido justicia constitucional y restituido a 50 diputados del Congreso Nacional. Junto a las catervas de Alianza PAIS, Conaie y Pachacutik querían evitar tal decisión, pero era tarde… ya estaba notificada nuestra resolución al presidente del Congreso.

No obstante lo anterior, la restitución fue desacatada por Correa esa misma noche. También nos amenazó con enjuiciarnos por un supuesto prevaricato. Para él, actuamos cuando ya “habían terminado (nuestras) funciones”; pese a que fuimos elegidos 14 meses antes y por 4 años. Mientras tanto, los suplentes “diputados de los manteles” permanecían dentro del Congreso Nacional (gracias a los viáticos que les había entregado el hermano del presidente Correa –Fabricio–, del fondo de campaña de Alianza PAIS), contaban con apoyo policial que además impidió ingresar a los titulares restituidos. Así, los suplentes hicieron quorum en la sesión del día siguiente 24 de abril de 2007 y el Ejecutivo logró que se declarara “concluido el periodo” de nuestra designación, aunque faltaban 34 meses.

La arbitraria decisión del Congreso Nacional meses después condujo a su propia cesación, dispuesta por la Asamblea de Montecristi; y, buena parte de los complotados terminaron siendo víctimas de su propia ceguera y ambición desmedida de poder, pagando incluso algunos de ellos el precio de la denigración moral y física (Quishpe, Tibán y otros). Fueron los primeros arrasados por el totalitarismo antidemocrático.

Lo cierto es que el país sufre las consecuencias del engaño, de la inseguridad jurídica, corrupción organizada, entrega del territorio al narcoterrorismo y a los carteles. Esto, por leyes correístas que facilitaron el fraude en la contratación pública; derroche del erario en universidades públicas (Yachay) y en refinerías ficticias; megaobras construidas con graves defectos; adquisición de equipos militares de dudosa calidad (Dhruvs, aviones usados, inútiles bases marinas móviles, drones de vigilancia y radares chinos); deuda inicua; judicatura cooptada por la política y la corrupción e impunidad de delincuentes; veleidades en el reconocimiento de derechos que contribuyen a banalizarlos; indefensión ciudadana; pésima representación en la Asamblea (con pocas excepciones) y como resultado un trabajo de ignorantes, ello porque la Corte Constitucional decidió no restringir con necesarios requisitos “el derecho a ser elegido”; y para colmo, la implantación de la cultura del cinismo y de jueces desafiantes que rifan habeas corpus.

En definitiva, el ataque al TC en un día como hoy abrió el camino a la infamia. Murió la democracia. Lo que nos queda es un espejismo y una sociedad sin esperanza. (O)

viernes, 8 de abril de 2022

El veto de la discordia (la salida fácil)

Jorge G. Alvear Macías

 Múltiples reacciones al insólito pedido del Pleno de la Asamblea Nacional para que la Corte Constitucional dictamine sobre las supuestas objeciones de inconstitucionalidad contenidas en el veto del Ejecutivo al proyecto de Ley que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación.

El caso es que en el escrito de objeción parcial al indicado proyecto no aparece que el presidente Lasso la haya fundamentado literal y expresamente en razones de inconstitucionalidad. El oficio presidencial n.º T. 180-SGJ-22-00 del 15 de marzo de 2022 señala “Razones generales de esta objeción parcial” al proyecto y a diversos artículos, las que deben entenderse como razones de conveniencia para la materia a regular. Entonces, la Asamblea no debió enviar el veto a la Corte Constitucional, pues dicho órgano legislativo solo tiene facultad en esta fase para tramitar las objeciones en las que puede ratificarse o allanarse. Como no lo ha hecho, pese a que los asambleístas declararon suspendido el curso de los 30 días, el presidente de la República, una vez cumplido el plazo, puede disponer la publicación de la ley con las modificaciones que introdujo.

Al Pleno de la Corte Constitucional le corresponderá abstenerse de dictaminar el Proyecto de Ley objetado por el presidente Lasso, porque no contiene motivos expresos de inconstitucionalidad. Es que dicha Corte ha determinado que su competencia se limita a “determinar si procede o no la objeción por inconstitucionalidad planteada”, examinando para el efecto los argumentos constitucionales del Ejecutivo y Legislativo. También ha dicho que no le corresponde “analizar otras partes del Proyecto de Ley que no han sido vetadas por razones de inconstitucionalidad” (así lo señaló en el dictamen al veto de la Ley de Extinción de Dominio que pronunció el expresidente Lenín Moreno). En atención a lo anterior, reconoció que su competencia está limitada al análisis de las objeciones por razones de inconstitucionalidad que hayan sido expresamente realizadas por el presidente, a los artículos determinados en el Proyecto de Ley. Es decir –y también lo ha expresado la Corte Constitucional–, ella no puede obviar la falta de señalamiento expreso del Ejecutivo y tramitar objeciones por razones de inconstitucionalidad no expresadas: “… Si el presidente estima que los artículos del Proyecto de Ley enumerados… son inconstitucionales, su deber constitucional es el de objetar expresamente estas normas, para habilitar así la competencia de esta Corte para pronunciarse al respecto”.

Los asesores de los asambleístas deben conocer los pronunciamientos recientes de la Corte Constitucional, especialmente los pertinentes a los dictámenes sobre la procedencia de las objeciones del Ejecutivo a proyectos de leyes basadas en razones de inconstitucionalidad.

En esta nueva y lamentable decisión de la Asamblea percibo desgano en estudiar y confrontar el extenso texto del veto presidencial y que buscaron la salida fácil, poco imaginativa, de zafarse de la obligación. También intuyo que no tienen los votos para ratificarse en el diseño original del proyecto. (O)