Jorge G. Alvear Macías
El portal La República informa que la Corte Constitucional dictaminó que el Consejo Nacional Electoral (CNE) no tenía “fundamento constitucional ni legal” para remitir la petición de consulta popular presentada por el excandidato presidencial Guillermo Lasso sobre las enmiendas constitucionales, entre las que se plantea la reelección indefinida. Y por ello devolvió la documentación al CNE.
La Corte habría argumentado que las funciones del CNE no incluyen “la potestad o legitimación activa para presentar acciones relacionadas con el ejercicio de los derechos de participación”.
La decisión de la Corte Constitucional en el caso comentado tiene alguna coherencia con un pronunciamiento anterior, que comenté en este espacio (http://tinyurl.com/klxhwwc) el viernes 28 de noviembre del 2014, bajo el título ‘¡La Corte lo puede todo!’.
Hay que recordar que Compromiso Ecuador, que lidera Guillermo Lasso, solicitó al CNE los formularios para reunir las firmas necesarias para convocar la consulta, que busca mantener la restricción de no reelección por más de una ocasión de los funcionarios de elección popular (incluido el presidente). El CNE no entregó los formularios, sosteniendo que se precisaba previamente el dictamen de la Corte Constitucional, sobre la viabilidad de las preguntas, y por ende envió el expediente a ese órgano de control constitucional, para que se pronuncie antes de entregar los formularios.