lunes, 21 de septiembre de 2009

Doña Paula, don Rolando…

Jorge G. Alvear Macías

Los asambleístas y en especial el proponente del proyecto de la Ley Orgánica de Comunicación deben recordar que la Constitución actual y la de 1998, que le antecedió, se sometieron a las convenciones que sobre derechos humanos comprometen el deber del Estado de materializar en la legislación el respeto a los derechos y libertades reconocidos en tales convenciones.
La Convención Americana Sobre Derechos Humanos celebrada en San José de Costa Rica (1969) confirma lo indicado. Su objetivo fue garantizar el libre y pleno ejercicio de derechos y libertades a toda persona, sin discriminación alguna, ni siquiera por opiniones políticas o situación económica.

El artículo 2 de la Convención señala que los derechos y libertades deben estar garantizados “…por disposiciones legislativas o de otro carácter… con arreglo a sus procedimientos constitucionales y a las disposiciones de esta convención… (que) fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades”.

El artículo 13 del Pacto de San José, como también se conoce a tan importante Convención, cuando trata la Libertad de Pensamiento y de Expresión, establece: “…Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección”.

Según el Pacto, el ejercicio del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión “…no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la Ley…”.  Es decir, las medidas legislativas no pueden restringir el derecho de expresión ni siquiera  “…por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones…”. El amable lector lo puede confirmar en el artículo 13, numeral 3 de la citada Convención. Por ejemplo, el impuesto del 12% de IVA aplicado al papel periódico infringe el derecho comentado, que debería garantizar el Estado y no lesionarlo.

Ahora bien, como todos los derechos esenciales del hombre, el derecho a la Libertad de Pensamiento y Expresión es de desarrollo progresivo. Esto es su ejercicio y protección, no está restringido por la literalidad del artículo 13 ya aludido. Es más, la Relatoría (de la OEA), para la Libertad de Expresión elaboró como documento interpretativo la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, en amplio desarrollo de este derecho humano. Estos principios deben estar inmersos en la formulación de la nueva ley de comunicación, para evitar que se convierta en “Ley Mordaza”. La Legislatura, sin apresuramiento, con conocimiento idóneo y respeto a la ciudadanía, debe depurar el actual proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, que contraría el artículo 13 del Pacto de San José y la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. La ley es el límite del poder, nunca expresión corrupta del mismo (Gregorio Peces Barba, jurista y filósofo español).


*Publicado en el Diario El Universo, lunes 21 de septiembre del 2009

 


miércoles, 9 de septiembre de 2009

Conceptos prácticos

Jorge Alvear Macías


En estos tiempos difíciles que debemos transitar los ecuatorianos, resulta esperanzador todo esfuerzo que podamos hacer para afrontarlos y buscar proactivamente buenos tiempos, que generalmente no vienen solos, pues hasta para ganarse la lotería hay que comprar el “wachito”. Digo esto, porque la noticia –si fuere cierta– de que Ecuador ha reducido su tasa de analfabetismo al 2,7%, habría involucrado esos esfuerzos. Aunque la reducción no incluye a los habitantes de zonas marginales de Guayaquil y ello, podría explicar su lento progreso individual, que estimo vinculado a su menor capacidad de recibir información útil o para distinguirla de la engañosa, intrascendente o “mediocre”, utilizando el vocablo favorito en las sabatinas.

La exclusión en buena medida afecta al campesino asentado en esta urbe. Los entendidos señalan como causa a la política educativa centralista, al desinterés de los municipios en la gestión y a la “agenda” propia del magisterio politizado. Pero hay indicios de que la causa directa es la deficiente preparación de maestros rurales costeños, según una profesora de la Iglesia evangélica, quien me aseguró que “en ciertas zonas del agro costeño del Guayas, la mayoría de estudiantes de sexto grado no saben leer bien”.

Pero volviendo al objetivo de este comentario, debo contarle apreciado lector, que afortunadamente existen personas que además de ejecutar acciones para proveerse buenos tiempos, con generosidad, silenciosamente y aguda visión cívica, han ubicado una forma efectiva (deben existir otras) de generar conocimiento y acelerar la información, para quienes carecen de los medios económicos o del tiempo necesario para acceder al conocimiento elemental, de conceptos necesarios en el quehacer democrático. Me refiero a Jaime Marcet Ortega y Jairon Merchán Haz, autores de una publicación de 6.000 ejemplares, distribuida gratuitamente en colegios (gracias a empresas que desarrollan su actividad con responsabilidad social), titulada Conceptos sencillos en democracias complejas.

La obra reúne conceptos básicos en Economía, Derecho e Instituciones, expresados con lenguaje fácil, respecto a la Balanza de Pagos, Producto Interno Bruto, Liberalismo, Socialismo, Hábeas Corpus, Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo, SRI, etcétera. No es un diccionario, –así lo aclaran Marcet y Merchán–, pero informa en qué consiste por ejemplo, el fraude de la ley: “…cuando se le prohíbe a una persona contratar y esta crea una empresa para hacerlo: o cuando dos personas se casan para obtener la nacionalidad de un país ya que de otro modo no podrían…”. También explica que la libertad de expresión es: “…el derecho a expresarse sin necesidad de autorización previa, a decir libremente lo que se piensa, lo que se opina”.

Esta útil publicación advierte que la acción de protección protege los derechos del ciudadano de una manera efectiva frente a los abusos de una autoridad que no sea un juez o jueza, incluso de abusos de un particular. La información sobre la acción extraordinaria de protección revela que sirve para proteger los derechos violados por sentencias firmes, o autos definitivos… y no para ser usada indiscriminadamente. Por tanto, sugiero a los autores enviar unos ejemplares a los miembros de la autonombrada Corte Constitucional.


*Publicado en el Diario El Universo, miércoles 09 de septiembre del 2009

miércoles, 2 de septiembre de 2009

A propósito de insultos

Jorge Alvear Macías


Los insultos y las descalificaciones, frente a ideas u opiniones vertidas, han arreciado en estos días y por ello, busqué alguna explicación a lo que parece ser hoy el “deporte” más popular después del fútbol.

En esa labor encontré información que comparto con el amable lector y aspiro que le sea útil para manejar eventuales situaciones en que sea agredido verbalmente o por escrito, que resumo así:


1.- Según estudios atribuidos al psicólogo Dr. Richard Stephens (Universidad Keele, Inglaterra), el proferir insultos anestesia (o disminuye) el dolor. Si bien el experimento se realizó para controlar el dolor físico; usted podrá colegir al final de esta lectura, que insultar podría servir para menguar el dolor de las personas atormentadas en su espíritu; y en ese caso, habría lugar a una dosis de compasión con el insultador.


Tal vez a esa conclusión llegó José Luis Rodríguez Zapatero, presidente del Gobierno de España, cuando en alguna ocasión recomendó a sus partidarios, que: “A cada insulto que recibamos, nosotros (debemos responder con) una propuesta, a cada descalificación, una idea, y a cada exageración, una sonrisa”. Ya anteriormente, refiriéndose a los insultos del opositor Mariano Rajoy también dio lección de tolerancia, explicando que “el insulto” es la táctica de “los políticos a los que les va mal”. Y que a él, como le va “razonablemente bien”, prefiere hablar de “ideas y soluciones” a los problemas de los ciudadanos.

2.- El tiempo, más tarde o más temprano, demostrará que los insultos carecían de sustento o que el insultador no tenía probidad para afirmar nada.

3.- El insulto y la injuria es generalmente la alternativa a la carencia de argumentación, inclusive en lo jurídico y en lo político.

4.- Los insultos sí pueden ser afrontados de una manera calmada y juiciosa. Así lo asegura Guan Ming, (ver el sitio de Internet: http://es.clearharmony.net/articles/200702/8307.html). Para Ming toda persona tiene su propio nivel de virtud. También reconoce que a la gente se le dificulta manejar las humillaciones o críticas maliciosas, amenazas y/o difamaciones; y que la forma cómo uno trata con la agresión, “depende del nivel de virtud de cada uno”.

Para explicar “el cómo”, Ming cuenta la historia de Sakya Muni. A quien una persona lo envidiaba e insultaba. Sakya Muni finalmente le preguntó al agresor con una sonrisa: “Amigo mío, si una persona da algo a otra persona y esa persona se rehúsa a aceptarla, entonces, ¿de quién es esa cosa?”. El insultador respondió: “Pertenece al que la da”. Sakya Muni dijo, “¡Correcto! Me has insultado hasta ahora. Si no acepto tus insultos, entonces, ¿quién los recibirá?”.

Lo reseñado conduce a concluir que quien insulta sufre un profundo dolor e inconscientemente quiere transferirlo; y, los insultos son un medio de transferencia si son aceptados. Además, el agresor es quien escoge los insultos, en función del daño que recibiría si él fuere el agraviado. Si no se le permite transferirlos, el agresor terminará siendo el destinatario.


NOTA: El asambleísta Dr. Enrique Herrería ya denunció a los miembros de la Corte Constitucional por arrogación de funciones. Esperemos el pronunciamiento del Fiscal General.


*Publicado en el Diario El Universo, miércoles 02 de septiembre del 2009

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