viernes, 12 de abril de 2013

Obsesión

Jorge Alvear Macías jorgalve@yahoo.com | 


Con la expedición del reglamento que facilita el suministro de anticonceptivos orales de emergencia, incluso a los adolescentes, habría inmerso un mensaje: los padres y la familia son culpables del incremento de embarazos “precoces” en la sociedad ecuatoriana; y, ante tal situación el Estado toma las riendas para enfrentar el problema y resolverlo.

Esta iniciativa debió ser discutida entre los más altos niveles de gobierno, por encima del Ministerio de Salud. Tal vez mediaron estudios, estadísticas, factibilidad legal y hasta medición de niveles de aceptación de la ciudadanía.

¿Pero cómo podían conocer el grado de aceptación sin haber propuesto y explicado previamente la medida? Otras medidas gubernamentales fueron anticipadas, como la creación del “impuesto verde”; la “eliminación del subsidio al consumo de electricidad”; la limitación en la importación de teléfonos celulares; el incremento de impuestos a la importación de vehículos y licores; a la salida de divisas; y, el incremento del bono de desarrollo humano, entre otras de gran importancia para la ciudadanía.


Esta vez no se permitió el debate. El reglamento se expidió en noviembre del 2012 con vigencia inmediata, aunque nos enteramos recién en marzo de este año con su publicación en el Registro Oficial. ¿Por qué el misterio durante 4 meses? ¿Acaso se creyó que afectaría el resultado electoral?

No se lo hizo y hoy los derechos constitucionales de quienes integran la familia están en riesgo. Está previsto en la Constitución que para protegerlos, el Estado debe promover la maternidad y paternidad responsables.


Es derecho y a la vez obligación de los padres decidir si sus hijos adolescentes pueden tomar o no anticonceptivos, de cualquier naturaleza. El Estado no puede desplazarlos; por el contrario, debe proteger a los padres y a quienes sean jefes de familia, en el ejercicio de sus obligaciones. Eso preceptúa la Constitución (artículo 69, numerales 4 y 5).

Algo más. El Código de la Niñez y Adolescencia, determina la función básica de la familia: “el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente”. Por ello la reconoce y protege.

Sin embargo, el aludido reglamento desvía al Estado de su deber primordial frente a la familia. Como política y programa de salud, no está respondiendo dentro del concepto de apoyo prioritario a la familia, para que esta pueda cumplir con la protección y cuidado de los hijos.

El suministrar anticonceptivos a los adolescentes, sin la anuencia de los padres, parientes o tutores, impide el ejercicio progresivo de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes, de acuerdo a su grado de desarrollo y madurez, tal como lo dispone el artículo 13 del citado Código.

El reglamento también infringe otra norma del Código: “…Corresponde a los progenitores y demás personas encargadas del cuidado de los niños, niñas y adolescentes, brindar la atención de salud… y asegurar el cumplimiento de las prescripciones, controles y disposiciones médicas y de salubridad”.

Finalmente, la información que el reglamento dispone entregarles, podría ser inadecuada, según el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes; y, ocasionar, que por su falta de madurez, se los induzca a comportamientos perjudiciales o peligrosos para su salud y seguridad personal o atente a la moral o el pudor. Contrariando también el mencionado Código.


*Publicado en el diario El Universo, el viernes 12 de abril del 2013.

No hay comentarios: