viernes, 1 de julio de 2011

Derecho a la defensa

Jorge G. Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 
El Estado tiene deberes primordiales para con las personas, entre ellos garantizarles sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales. La garantía a la seguridad integral de los habitantes se incluye entre tales deberes. Ella comprende, por supuesto, preservar la seguridad física ante agresiones ilegítimas y la protección de los bienes.
De lo anterior se colige que si el Estado incumple en proporcionar la protección que necesita la ciudadanía, no puede impedir que esta asuma los medios necesarios para defenderse; desde que, si bien el Estado es responsable y debe reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos, o por las acciones u omisiones de sus funcionarios y empleados públicos en el desempeño de sus cargos, resultaría un absurdo del tamaño de una catedral que al ciudadano se le imponga una actitud pasiva frente a agresiones ilegítimas que podrían provocarle la muerte. La pérdida de la vida no se compensa con nada, menos con dinero.

He traído ante el lector la reflexión anterior para plantearle la necesidad de que el Estado revise la actual prohibición a la ciudadanía para portar armas. Al menos por un tiempo prudencial de evaluación, con una regulación estricta para la concesión de los permisos, previo a un curso de adiestramiento para manejar el arma materia del permiso, con la acreditación de un examen psicológico y de los antecedentes del individuo, entre otros requisitos necesarios.

Lo he manifestado anteriormente y lo reitero hoy luego de la experiencia sufrida por una familia en la ciudadela Los Ceibos de esta ciudad, que la prohibición indicada es inconstitucional. La Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos lo señaló así en un reciente pronunciamiento, pues atenta al derecho del ciudadano a defender su vida “dentro un sistema de libertad con orden”.

Hace menos de una semana fue asesinado dentro de su domicilio, en Quito, un conocido actor en circunstancias de un asalto.

La prohibición a portar armas es un aliciente para el hampa “especializada” en el asalto de domicilios, pues representa cero riesgos. No se trata de evitar circular por calles poco iluminadas o en altas horas de la noche o detenerse en la luz roja de un semáforo. Se trata de indefensión en cualquier lugar y a cualquier hora.

Debo aclarar que no soy amigo de las armas, no las he tenido, pero podría considerar adquirir alguna por las circunstancias de inseguridad que ha propiciado el Estado; y, pienso que debe haber más de un lector que esté pensando lo mismo.

Lo cierto es que existe una angustia generalizada por la sensación de vulnerabilidad e impotencia, frente a hechos delincuenciales de audacia extrema. Menciono uno: el ocurrido esta semana en Quito contra una persona que retiró dinero de un banco y contaba con protección de elementos armados. El operativo del ciudadano no le sirvió de disuasión para los delincuentes, que embistieron a uno de los guardias que conducía una motocicleta y luego cuando estaba en el suelo le dispararon alzándole el chaleco contra balas.


*Publicado en el Diario El Universo el viernes 1 de julio del 2011

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