Se encuentra en YouTube (http://youtu.be/oHwEBJm4a7E) un video de 35 segundos de duración, que exhibe la parodia de una competencia deportiva. En donde uno de los corredores (revolver en mano) arranca antes de la orden de partida y, en el trayecto, cuando observa que le alcanzan, elimina uno a uno a los demás corredores y a quienes observan la carrera. Luego el corredor deja de correr y continúa caminando. Es cuando los jueces que sostienen la cinta de la meta, avanzan hacia el corredor acortándole el recorrido y le facilitan “llegar”.
Lo narrado alguna relación tiene con las quejas desde las tiendas políticas que compiten con el partido de gobierno, para alcanzar cargos de elección popular, en febrero próximo. Se insiste que los recursos públicos son utilizados en beneficio del candidato presidente y de su movimiento.
Esta semana, un dirigente político denunció que en actos proselitistas de Alianza País, se repartieron guías turísticas de Venezuela y cuadernillos de la Constitución, estos con identificación de la Gobernación del Guayas.
Es que poca duda queda respecto a la desbordada publicidad oficial y su intención de promocionar indirectamente al candidato presidente y a su movimiento.
La situación anotada, en buena medida es consecuencia de la falta de reglas claras para el control de la publicidad oficial, dentro de un aparente contexto de deliberada inacción legislativa. Esa ausencia de reglas permite el abuso de poder y la discriminación en la canalización del dinero destinado a la publicidad.
Por otra parte, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH, ha detectado que en países como el nuestro, carentes de esa regulación, el reparto de publicidad se hace de acuerdo a la posición editorial del medio o con el objeto de condicionar su línea editorial o informativa.
Esa falta de regulación origina una discrecionalidad sin límite; y, que los funcionarios públicos asignen la publicidad sin criterios transparentes. Además, considerando que el Estado es uno de los principales anunciantes, se suma su enorme poder condicionante, especialmente sobre los medios de radiodifusión.
En opinión de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, son buenos referentes las regulaciones de Canadá, Perú y España. Contienen parámetros básicos que buscan impedir que la publicidad de las instituciones estatales, sea utilizada con fines electorales, lo que desafortunadamente se percibe en nuestro medio.
La Relatoría destaca que Canadá, a través de un reglamento pertinente a la Política Comunicacional del Gobierno, no solo define el objeto de la comunicación estatal, sino que establece la obligatoria planificación anual y la distribución de la pauta oficial. Dispone además que se debe informar al público respetando la libertad, el pluralismo y la seguridad. Con sinceridad y respeto a las personas. También prohíbe la publicidad en época de elecciones.
En Perú acontece algo similar. Está prohibido y es sancionado, que los funcionarios públicos que realicen campañas publicitarias, aparezcan en los anuncios.
En España la publicidad estatal no puede utilizarse para “destacar los logros de gestión”. Así mismo está prohibida durante periodos eleccionarios.
Es de imaginar, que sin reglas claras y sin justicia imparcial e independiente, no pueden evitarse abusos de la publicidad oficial para favorecer candidaturas, ni el escondido objetivo de castigar críticas. Menos buscar reparación en las instancias judiciales.
*Publicado en el diario El Universo el viernes 18 de enero del 2013
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