viernes, 25 de mayo de 2012

Políticas de seguridad ciudadana

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com | 

En la Asamblea General de la OEA celebrada el año pasado en El Salvador, bajo el lema “Seguridad Ciudadana en las Américas”, el primer vicepresidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) José de Jesús Orozco tuvo una destacada alocución. Es relevante mencionarla al menos parcialmente, dado el estado de inseguridad que vivimos: “Es deber de los estados adoptar políticas públicas de seguridad ciudadana que aseguren a la población el ejercicio efectivo de sus derechos humanos relacionados con la prevención y el control de la violencia y el delito”.

Para el comisionado Orozco, las políticas de seguridad ciudadana deben incorporar estándares internacionales de derechos humanos que sirvan de guía y límite para las intervenciones del Estado; así, se evitarán abusos en las acciones de control y represión de la violencia.

Ese discurso coincide con los pedidos que distintas voces han elevado al Gobierno nacional, para que las políticas públicas de seguridad ciudadana sean el resultado de consensos políticos y sociales.

El clamor se potencializa con eventos lamentables como el del pasado domingo, que debe investigarse. Fue un operativo policial en una casa ubicada en el kilómetro 14,5 de la vía Puente Alterno Norte-Yaguachi, mediando allanamiento autorizado por un juez y ejecutado sin la presencia del fiscal. El resultado: un ganadero muerto en circunstancias que requieren aclaración.


Parece necesario analizar otra vez –si es que el Gobierno alguna vez lo hizo– las sugerencias ya indicadas; y las recomendaciones de la CIDH Sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos, que no se han observado en gran parte. Por ejemplo:

1. La protección y garantía de los derechos a la seguridad ciudadana, deben basarse en políticas públicas consensuadas políticamente y socialmente, con mecanismos de evaluación y rendición de cuentas que tengan amplia participación ciudadana.

2. Hay que mejorar la selección y formación de las personas de las instituciones involucradas en la implementación de la política sobre seguridad ciudadana (en especial: las fuerzas policiales; el poder Judicial; el ministerio público; y, el sistema penitenciario); y asignar recursos materiales suficientes para brindar un servicio de calidad.

3. Se deben adecuar normas internas y el aparato estatal para asegurar la gobernabilidad democrática de la seguridad ciudadana.

4. Proveer capacitación técnica a la Asamblea Nacional para evaluar y ejercer las funciones de control político sobre la política pública de seguridad ciudadana. Es inexistente el control.

5. Implementar procedimientos objetivos de convocatoria y selección del personal que integrará las fuerzas policiales, mediante concursos públicos transparentes y elevando los requisitos de formación curricular previa, ofreciendo buenos sueldos.

6. La carrera policial debe garantizarse con un marco jurídico claro y preciso que aleje abusos. Eliminar toda forma de discriminación contra las mujeres policías. Claridad de los derechos laborales y regulación del alcance de los derechos sindicales del personal policial.

7. Las normas deben distinguir entre defensa nacional, a cargo de las fuerzas armadas, y de seguridad ciudadana, a cargo de las fuerzas policiales. Existen referencias negativas en América Latina sobre la intervención militar en asuntos de seguridad interna. La prevención, disuasión y represión legítima del delito corresponde a la Policía.

Hay más recomendaciones de la CIDH.

*Publicado en el Diario El Universo el viernes 25 de mayo del 2012

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