viernes, 29 de marzo de 2019

Sobre el CPCCS

Tomado de la publicación La Tómbola Ideológica 
Jorge G. Alvear Macías
@jorgalve              jorgalve@yahoo.com

Con los resultados electorales del domingo 24 de marzo, se evidenció la insuficiente representatividad de algunas autoridades electas; especialmente y en concreto, de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Particularmente se confirmó la crisis de representatividad de la mayoría de los partidos políticos u organizaciones de tal índole. Esa es la lectura del ausentismo, de los votos en blanco y los votos nulos, en comparación con los votos positivos, lo que constituye una señal alarmante de deslegitimación. Por ejemplo, en la ciudad de Miami el ausentismo fue tal que en las mesas con padrones de 500 personas, solo votaron un promedio de 65.

¿Desinterés o repudio, o ambos al mismo tiempo? Los votos nulos en las papeletas para la elección de miembros del CPCCS representaron un promedio del 22,95% a nivel nacional. En el exterior ese porcentaje se incrementó a casi el 27% (Europa y Asia, según el diario El Comercio).

Por lo anterior, resulta muy alentador el anuncio del miércoles de esta semana del doctor Julio César Trujillo de que desde mayo comenzará a recolectar firmas para eliminar al CPCCS, reiterando así (y hasta respondiendo a los incrédulos) su compromiso de recorrer el país y promover la eliminación de dicho CPCCS. Un organismo propiciador de autoritarismo y corrupción.

La plausible iniciativa del doctor Trujillo debería reenfocarse hacia una enmienda constitucional y reforma legal vía referéndum, que no desaparezca al organismo sino que lo limite, para no entrar en la discusión de la necesidad de una constituyente. Ya existe un precedente de enmienda constitucional que permitió reestructurar el Consejo de la Judicatura, tanto en su composición como en sus atribuciones (agregándole la facultad de destituir jueces con la figura del error inexcusable). Aquello permitió al expresidente Correa “meterle mano a la justicia”.

En esa línea de pensamiento proponemos al doctor Trujillo solicitar las firmas para respaldar la pregunta siguiente:

             “1. ¿Está usted de acuerdo en suprimir atribuciones al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, pertinentes a la designación de autoridades estatales y trasladarlas a la Asamblea Nacional, enmendando para el efecto el número 11 del artículo 120, el artículo 208 de la Constitución y reformando el artículo 9 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, como lo establece el anexo 1? SÍ ( ) NO ( )”.

En el anexo constaría la enmienda del artículo 120 (número 11) y del artículo 208 de la Constitución. Así, el artículo 120 enmendado permitiría a la Asamblea Nacional designar y posesionar al procurador general del Estado y superintendentes de entre las ternas propuestas por el presidente de la República, luego de un proceso de impugnación y veeduría ciudadana. La Función Legislativa también designaría y posesionaría al defensor del Pueblo, defensor público, fiscal general del Estado y contralor general del Estado; a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura. Dentro de un proceso de selección, impugnación y veeduría. Continuaría con la atribución de posesionar a los miembros del CPCCS; y, a este solamente se le suprimirían las atribuciones de designar autoridades del Estado con la enmienda del texto artículo 208 de la Constitución, manteniendo las restantes. (O)

*Publicado previamente en el Diario El Universo, el día viernes 29 de marzo del 2019.

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