viernes, 18 de mayo de 2018

Espionaje en la embajada

Resultado de imagen para espionaje diplomaticoJorge G. Alvear Macías

Según Correa los espionajes dentro del Reino Unido, que se extendieron a Julian Assange y sus visitas dentro de nuestra embajada en Londres (y al personal de la misión y a miembros de Scotland Yard), eran “esfuerzos ordinarios (para) garantizar la seguridad a Assange en la Embajada…” y que hacerlo fue su “deber bajo la ley”. Así se infiere de la nota del canal ruso de noticias RT: https://actualidad.rt.com/actualidad/271780-rafael-correa-trato-julian-assange-tortura . 

¿Pero, Correa estaba obligado a autorizar esas actividades a la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain)? La ley dispone otra cosa.

La Ley de Seguridad Pública y del Estado (art. 18) solamente prevé gastos especiales asignados a actividades de inteligencia y contrainteligencia, para la protección interna del país; el mantenimiento del orden público; y, para la defensa nacional. Esos tres objetivos no incluyen la seguridad de un asilado como Assange. Menos si está situado fuera del territorio nacional. 

El estricto uso de los gastos reservados lo reitera el Reglamento que expidió la Contraloría General del Estado sobre Gastos Especiales Destinados a Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia (ACC 44 - RS 98 - 30/dic./2009). Se trata de gastos especiales para actividades de inteligencia y contrainteligencia, de protección interna, mantenimiento del orden público y la defensa nacional. LÉA MÁS: https://www.eluniverso.com/opinion/2018/05/18/nota/6764640/espionaje-embajada
*Publicado previamente en el Diario El Universo el día viernes 18 de mayo de 2018

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