viernes, 30 de septiembre de 2016

La paz colombiana

Jorge G. Alvear Macías 


Muchos afirman en Colombia que el presidente Santos, actualmente criticado por lograr el convenio de paz con las FARC, en un futuro será objeto “de agradecimientos y admiración”.
Muchos votarán SÍ en el referéndum ratificatorio del convenio con esa organización guerrillera. La más numerosa, con grandes recursos económicos y políticos de apoyo, que le permitieron mantenerse con presencia activa y control territorial por más de 50 años en Colombia y hasta en suelo ecuatoriano (confirmada con el ataque militar colombiano el 2008 en Angostura).
Lo que resuelva el pueblo colombiano constituirá una riesgosa apuesta para restaurar la paz, en un contexto que no responde totalmente a la racionalidad, en medio de muchas preguntas sin responder y respuestas que no convencen. LÉA MÁS: http://www.eluniverso.com/opinion/2016/09/30/nota/5828596/paz-colombiana
*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 30 de septiembre del 2016.

viernes, 23 de septiembre de 2016

Pases, corrupción e inversión

Jorge G. Alvear Macías


Después de la denuncia ante la Fiscalía en el 2015, con posterioridad a investigaciones internas en la Policía Nacional, relativas a miles de pases de miembros de la institución, la magnitud del grado de corrupción permeado en el sector público y el nivel de los involucrados no termina de sorprender a la ciudadanía.
Todo el tema corrobora que en Ecuador precisamos situar como objetivo nacional la eliminación de la impunidad, que nos mantiene en un marasmo de desconcierto y pesimismo (¿conformidad?) ante la falta de ideas claras para cambiar una visión que tiene mucho de cultural, y que tal vez para sustituirla requerimos ayuda de experiencias acumuladas por otras naciones.
Cuando la corrupción envuelve a miembros de alta jerarquía de la Policía Nacional –que debe garantizar la seguridad de la vida y bienes de los ciudadanos–, al extremo de que se cuestiona incluso al excomandante general de la fuerza, es que hemos tocado fondo y no podemos ignorar más la grave situación.
En Inter Press Service –una agencia de noticias– confirmé que en el 2011 ya tuvimos una importante alerta sobre el problema, filtrada por WikiLeaks, en un cable de la exembajadora de Estados Unidos Heather Hodges. Ella afirmaba a sus superiores la existencia de una generalizada corrupción en la Policía Nacional y, en particular, de su comandante general de entonces, cuyas prácticas –según ella– “eran tan conocidas que funcionarios de la Embajada estaban seguros de que el presidente también las conocía cuando le puso en dicho cargo”. La embajadora opinaba que LÉA MÁS:
 http://www.eluniverso.com/opinion/2016/09/23/nota/5815831/pases-corrupcion-e-inversion

*Publicado originalmente en el Diario El Universo el viernes 23 de septiembre del 2016.

viernes, 16 de septiembre de 2016

Era un ‘picnic’ (¿con artes marciales?)

Jorge G. Alvear Macías


Un comunicado del Ministerio de Defensa “rechaza toda responsabilidad en relación al video” en el que aparecen dos militares (uno de ellos aclarando que en 4 meses no puede transmitir conocimientos de 8 años, otro con gorra que lo identifica como instructor) instruyendo a civiles cómo enfrentar con tácticas militares a una posible manifestación de protesta y también a policías. Una persona involucrada lo calificó de ‘picnic’.
El fiscal general investigará: “… no puede haber grupos armados de civiles enfrentando la delincuencia o las manifestaciones; eso es inaceptable…”.
El caso es que un párrafo del comunicado cita el artículo 22 de la Ley de Comunicación, advirtiendo que “la difusión del video en medios de comunicación sin la adecuada investigación periodística genera una alarma innecesaria y malestar en la ciudadanía”. Habría contradicción en ese juicio, dado que se ha iniciado una investigación que atañe a la seguridad interna, por tanto la alarma ciudadana es razonable.
La difusión del video permitió detectar e investigar la existencia de un campo de entrenamiento civil en tácticas militares, que habría durado 4 meses (con picnic incluido), donde les enseñaban a los alumnos y alumnas a patear para convertirlos en “armas mortales perfectas”.
El texto también pudiera entenderse como censura previa de los medios de comunicación. 
*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 16 de septiembre del 2016.

viernes, 9 de septiembre de 2016

Derecho de réplica: uso indebido

Tomado de CONTRALÍNEA.com.mx

Jorge G. Alvear Macías 


El derecho de réplica es en esencia un derecho individual, de toda persona que se considere afectada en su dignidad, honor o reputación, por informaciones en medios de comunicación que considere agraviantes. No es ejercitable por instituciones del Estado. La Constitución de Montecristi así lo estableció (art 66:7), acorde con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (art. 14:1). Ese espíritu lo recogieron la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y su Reglamento.
No obstante lo anterior, en los últimos años (especialmente en este) representantes o funcionarios de instituciones estatales reclaman tal derecho y utilizan espacios de medios audiovisuales y escritos para difundir “contenidos” que ninguna relación tienen con el objetivo del derecho constitucional antes descrito. Muchos de tales “contenidos” se han dirigido zahiriendo en lo personal a presentadores de noticias, editorialistas o columnistas, o a personas identificadas con pensamientos contrarios al oficialismo, o para reproducir información estructurada como propaganda de gestiones gubernamentales o rebatir tesis (unas veces sosteniendo que era necesario para satisfacer derechos ciudadanos a contar con información plural, veraz y contrastada).
¿Y cuáles son los requisitos convencionales, constitucionales, legales y reglamentarios para ejercitar el derecho de réplica? Los resumo: Léa más:

*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 9 de septiembre del 2016

viernes, 2 de septiembre de 2016

Jerarquía en las FF.AA.

Jorge G. Alvear Macías


Algunas reflexiones quedan de la acción de protección aceptada por una jueza contra los miembros de un Consejo de Disciplina de la Armada del Ecuador, debido a una resolución administrativa que no satisfizo al presidente. Aquellos establecieron que no existió falta disciplinaria, de un oficial que respondió a un correo electrónico del presidente, que se hizo público. El mandatario habría comentado que aquellos en su resolución “…No niegan que (me) han insultado, no niegan que ha sido ofensivo contra el Presidente, dicen que sí se puede insultar al Presidente porque no es superior, pero a un General, a un Coronel ahí sí no. No lo vamos a permitir”. No encontré en dicha resolución algo de lo expresado.


En la resolución se analizó el alcance del régimen disciplinario militar y el personal de las Fuerzas Armadas sujeto a dicho régimen; además, acota que en los orgánicos y escalafón de las FF.AA. no consta “la figura del señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador”.

Para entender la decisión del mencionado Consejo que la jueza dejó sin efecto, resulta pertinente la definición legal de superior militar: “…es quien tiene mayor grado de antigüedad, con respecto a otro, entre los miembros de las Fuerzas Armadas…” y la de superior por antigüedad “…es aquel que tiene mayor tiempo de servicio en el grado…”. 
*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 2 de septiembre del 2016.