viernes, 24 de junio de 2016

Vulneración de derechos y reparación

Jorge G. Alvear Macías



Múltiples normas, principios, jurisprudencia y doctrina de importantes órganos internacionales de protección de derechos humanos reiteran los derechos que tienen las personas vulneradas en sus derechos humanos. Entre ellos, el derecho a la reparación, lo que compromete al Estado.
La reparación incluye: conocer la verdad; la realización de la justicia identificando a los responsables, juzgándolos y sancionándolos adecuadamente; y, la restitución. Esta implica el restablecimiento de la libertad, disfrute de los derechos humanos, la identidad, la vida familiar y la ciudadanía, el regreso al lugar de residencia, la reintegración al empleo, indemnización y devolución de bienes.
La Resolución 60/147 de la Asamblea General de la ONU (diciembre, 2005) es un instrumento que recoge parte de lo anotado. Fue cuando la ONU aprobó los “Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones”. LÉA MÁS
*Publicado originalmente en el diario El Universo el día viernes 24 de junio de 2016.

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