viernes, 25 de septiembre de 2015

Discurso protegido


Jorge G. Alvear Macías


El defensor del Pueblo defendió las causales invocadas por la Secom para disolver a Fundamedios.
Portada del libro publicado por la Relatoría Especial
para la Libertad de Expresión de la CIDH
 
Aclaró: “No me he pronunciado sobre si estas causales terminan en un proceso de disolución. Lo que digo es que hay actos que sin duda tienen fines políticos que deben ser sujetos de valoración por la Secom”. Señaló que Fundamedios “llama a utilizar tuits en contra de la candidatura de Patricio Pazmiño (titular de la Corte Constitucional) a la Corte Interamericana de Derechos Humanos”. Respecto del rechazo a la disolución de Fundamedios que pronunciaron los relatores de ONU, CIDH y otros organismos, comentó que el país no puede actuar a base de ‘pronunciamientos’, sino de la ley. El defensor del Pueblo no encontró “violación del debido proceso”.
Tales declaraciones me inducen a pensar que no contemplaron estos aspectos:
1.- Ecuador se comprometió a respetar derechos y libertades protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y a garantizar a las personas su libre y pleno ejercicio. Sin discriminación alguna, menos por opiniones políticas. Uno de esos derechos es la libertad de pensamiento y de expresión, cuyo ejercicio no puede ser suprimido o restringido en medida mayor a la prevista en la Convención (artículo 29 de la Convención).
Las restricciones que permite la Convención a todos los derechos y libertades solo podrían aplicarse conforme a leyes dictadas por razones de interés general y atendiendo a su propósito. La Secom carece de esos fundamentos. SIGA LEYENDO AQUÍ: http://www.eluniverso.com/opinion/2015/09/25/nota/5145692/discurso-protegido

*Publicado originalmente en el Diario El Universo el día viernes 25 de septiembre del 2015

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