viernes, 28 de febrero de 2014

Flaco favor


Jorge G. Alvear Macías




¿Cómo ubicarán dentro de Alianza PAIS a los responsables del revés del domingo 23 de febrero? Sin duda será difícil. Afuera de esa tienda política hay más claridad. Aparece el presidente Correa como el determinante, desde que asumió como propia la campaña de los candidatos oficialistas.
Él ha sostenido que AP triunfó y que lo confirma el número de alcaldías y prefecturas obtenidas por ese movimiento y por movimientos afines. Sin embargo admitió errores y culpó de “sectarios” a miembros de su organización política, por no haber efectuado alianzas (había escrito en Twitter: “...Sólo la 35 es Alianza País, la lista de la Revolución Ciudadana”). En consecuencia veremos nuevos rostros en ministerios y en dirigencias provinciales de AP, y acercamientos con alcaldes.
Lo real es que AP no logró tomarse las alcaldías de las ciudades con más electores. Ello fue calificado como pérdida por la agencia de noticias internacionales Reuters: “El movimiento político del presidente Rafael Correa perdió el domingo las alcaldías en las tres mayores ciudades de Ecuador (…), en un revés que el mandatario reconoció como un error y que lo llevó a anticipar problemas de gobernabilidad en el país sudamericano (…)”.

sábado, 22 de febrero de 2014

Tienen derecho a protestar

Jorge G. Alvear Macías


La crisis venezolana se veía venir, pese a los resultados no queridos. Al momento arroja 6 fallecidos, heridos, más de 150 apresados, con denuncias de violación sexual con cañones de fusiles.
Estimo que el inicio fue el ascenso al poder de Maduro, tras una confusa historia que en algún momento se aclarará, sobre los últimos días de Hugo Chávez, el supuesto encargo de la presidencia que hiciera y el lugar de su muerte. Posteriormente la campaña política desigual con restricciones a la promoción de la candidatura de Capriles; y, al final, una dudosa victoria electoral que incluyó la renuencia del Consejo Electoral a recontar los votos.
Hay que mencionar la incapacidad de Maduro para manejar la crisis económico-social, manifestada por la escasez de productos vitales y de higiene personal, el problema de la delincuencia incontrolable (¿o controlable?) y su determinación de negar las libertades fundamentales. Esto resulta acuciante luego de la salida de Venezuela del Pacto de San José, para “liberarse” de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

domingo, 16 de febrero de 2014

La opinión de Bonil


Jorge G. Alvear Macías


La Resolución de la Supercom que aplicó sanciones al caricaturista Bonil y a Diario EL UNIVERSO, curiosamente menciona conceptos provenientes del órgano sancionador que son coincidentes con los expresados por los sancionados, que son determinantes para deducir que fueron castigados sin fundamento legal.
Me explico. Tanto el representante del ente gubernamental como los sancionados admitieron que la caricatura de Bonil –materia de la sanción– constituye una opinión del caricaturista. Con esa línea de pensamiento concurrente, no debió considerarse a la caricatura como un contenido informativo, cuando realmente configura una opinión, tal vez exagerada, jocosa, pero finalmente opinión. Tanto que el Reglamento General de la Ley de Comunicación resalta tácitamente esa diferencia.
Uno de esos elementos de coincidencia dice relación con el reporte interno del citado organismo, origen de la sanción. La Resolución que la impuso reseña que el reporte fue emitido “en virtud de la publicación realizada por Diario EL UNIVERSO, en su columna ‘Opinión’, sección ‘La Columna de Bonil’, que contiene una serie de gráficos caricaturas y un texto al pie…”.

sábado, 8 de febrero de 2014

En Cuba no hubiera pasado

Jorge G. Alvear Macías

Dudo de que la propuesta de algunos médicos para que la Corte Nacional de Justicia (CNJ) aclare el artículo 146 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) resulte en una solución de claridad y certeza que permita un idóneo juzgamiento del médico acusado de mala práctica.

Tal propuesta se refiere únicamente al alcance y concurrencia de los elementos del delito agravado de mala práctica. Nada dice del delito no agravado, mantenido como un tipo penal abierto y sin norma jurídica complementaria concreta a la cual remitirse, además de las reglas del arte médico (lex artis). Se determinaría la existencia del delito, sin agotarse una necesaria auditoría médica, cuando la medicina es una ciencia inexacta, está en permanente evolución y es aplicada en circunstancias variables presentes en cada paciente. De ahí el aforismo “No hay enfermedades sino enfermos”.

Es muy compleja la situación para solucionarla con una Resolución de la CNJ que es modificable. Temo que si se “invitase” a médicos cubanos para trabajar en medio de tan polémica norma, las autoridades cubanas tal vez exigirían un estatus especial para juzgarlos en Cuba. Algo similar a lo previsto en el extinguido tratado con EE.UU., sobre la Base de Manta.