viernes, 28 de septiembre de 2012

Opinión y publicidad electoral

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 

En abril del 2009 fue derogada la Ley Orgánica de Control del Gasto y Propaganda Electoral, lo cual ha resultado perjudicial para la libertad de expresión. Contenía importantísimas definiciones pertinentes al control indicado, que hacen falta en la legislación vigente. Este vacío propicia inadecuadas disposiciones administrativas e injustas resoluciones jurisdiccionales en lo contencioso electoral.

Lo anterior se agrava con las imprecisas normas de la “Ley Orgánica Electoral… Código de la Democracia”, pues da margen a ilegales e injustas sanciones. Incluso permite violentar el derecho a la libertad de expresión en la actividad periodística noticiosa o de opinión.

Es que ciertas sanciones establecidas en la indicada ley se pueden aplicar a discreción del sancionador. Especialmente, aquellas dirigidas a los medios de comunicación.

Por ejemplo, el numeral 2 de su artículo 277 establece que infracción es: “… La difusión de propaganda política o electoral, pagada o gratuita, ordenada por personas distintas al Consejo Nacional Electoral... En estos casos se suspenderá la publicidad en dicho medio y se le sancionará con una multa de cincuenta a cien mil dólares.”. Pero como no se define el vocablo “propaganda” o “publicidad”, el significado será el que le otorgue el juzgador. Esto, además de que no provee parámetros para imponer la sanción con proporcionalidad.

viernes, 21 de septiembre de 2012

‘Mensalao’


Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 

Recientemente, miles de personas protestaron en Brasilia en contra de la corrupción, vistieron ropas negras y exhibieron vistosos carteles. Los noticieros destacaron que entre los manifestantes había un grupo que portaba un ataúd con la leyenda ‘mensalao’. Se explicó que ese nombre refiere al juicio iniciado en agosto por la Corte Suprema contra exdirigentes del gobernante Partido de los Trabajadores. Fueron acusados de llevar una contabilidad no declarada al inicio del gobierno del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva, presuntamente destinada a favorecer a aliados a cambio de apoyo.

Mientras leía esas noticias identifiqué algunas circunstancias de la realidad ecuatoriana, pues entre los carteles se expresaba: “Brasil, el país donde la astucia vale más que la educación…”. Otro cartel: “No podemos quedarnos impasibles sin exigir que el dinero público llegue a los hospitales y las escuelas están en ruinas…”. Entre los manifestantes se expresó tristeza al constatar que a pesar de la visible corrupción, no hubo reacción en la mayoría, “…no salen a la calle, se quedan en casa. Solo si van al fútbol se juntan 45.000…”. Así reflexioné que aquí como allá se vive esa angustia de que el embate de la corrupción no moviliza la protesta de la gran colectividad.

viernes, 14 de septiembre de 2012

El 11-S en la justicia

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 

Aunque estoy consciente de que los tópicos en asuntos legales no despiertan interés en la ciudadanía, hoy me enfocaré en uno, con la finalidad de señalar un ejemplo más de los efectos de ese “tsunami” que ha tomado una fuerza destructiva de la seguridad jurídica, desde que en enero del 2007, se inició con la “simple” manifestación de abjurar la Constitución entonces vigente.

Me refiero a una reciente Resolución de la Corte Nacional de Justicia, en la que los miembros del pleno se arrogaron funciones, en aparente ejercicio de una de sus atribuciones.

Es la Resolución 08-2012, publicada en el Registro Oficial 786 del 11 de septiembre de este año, fecha coincidente con aquel aciago día que marcó el antes y el después de la seguridad personal en este planeta.

Pues bien, la referida Resolución le quitó al presidente de la Corte Provincial la competencia para juzgar afectaciones al medio ambiente, producidas en su sección territorial. En su lugar se asignó la competencia a los jueces y tribunales de garantías penales.

El ciudadano se preguntará ¿dónde está lo malo de la decisión? Parecería razonable que sean más jueces los que juzguen y estén próximos a los hechos. Ese no es el punto.

viernes, 7 de septiembre de 2012

Preservación de la Democracia

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 


La institucionalidad democrática debe ser preservada a fin de que el ejercicio del poder no pierda legitimidad. Es obligación del Gobierno esforzarse para fortalecerla, así como lo es para las autoridades de las demás funciones del Estado.

Lo indicado no se ha cumplido con la validación de las firmas de las organizaciones políticas, para participar en las elecciones del 2013. Se trata de un procedimiento fuera de la ley, que si bien beneficia a unos y perjudica a otros, genera sospechas. Hay movimientos que de la forma más “fresca” y para pasar la página de su cuestionada acreditación, han retirado un gran número de formularios con firmas. ¿En qué parte de la ley se autoriza tamaño despropósito? ¿Acaso para evitar la investigación?

De otra parte, crispa los nervios de la ciudadanía que cierto dirigente haya convocado a la unidad de la oposición para “enfrentar un plan de fraude en marcha”, supuestamente para beneficiar al Gobierno. Acusación muy grave, pues se trata del dirigente de una organización política que fue habilitada ayer por el CNE, para participar en la próxima contienda electoral. Se sigue insistiendo en que el sistema informático del CNE no es fiable; es decir, la queja repetida en las últimas semanas.

No obstante lo anterior, por parte de voceros del CNE, ya no se habla de actos de falsificación que generaron el escándalo, sino de “errores”.