viernes, 27 de enero de 2012

Consulta a la Corte IDH

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 

La Convención Americana sobre Derechos Humanos establece los órganos competentes para verificar el cumplimiento de los compromisos de los estados suscriptores.

Uno de ellos es la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), con facultades para aplicar e interpretar las normas de la Convención. Su estatuto y la Convención advierten que tiene facultades para emitir opiniones consultivas.

Esto es, además de juzgar incumplimientos de los estados-partes, por cualquier violación de derechos humanos protegidos, la Corte puede coadyuvar al cumplimiento de esas obligaciones, con opiniones consultivas. Así, los estados miembros de la OEA pueden asegurar la compatibilidad con la Convención, de sus leyes internas de protección de derechos humanos.

La función consultiva de la Corte es muy amplia debido a los requerimientos –así mismo amplios– del sistema interamericano de protección de derechos humanos. Es que los estados están obligados por la Convención a adoptar disposiciones amplias de derecho Interno, con la finalidad de garantizar el ejercicio de los derechos y libertades mencionados en su artículo 1. La convención ordena que deben ser “medidas legislativas o de otro carácter”, que “fueren necesarias” para hacer efectivos tales derechos y libertades.

He recordado esta breve información por los reparos que habría manifestado el presidente de la Asamblea a la propuesta de solicitar una opinión consultiva a la Corte IDH para verificar la compatibilidad del Proyecto de la Ley de Comunicación con los tratados internacionales, entendiendo entre ellos a la Convención ya indicada.

domingo, 22 de enero de 2012

Grave censura

Jorge G. Alvear Macías
jorgalve@yahoo.com | 

La objeción parcial (veto) al proyecto de Reforma de la Ley Orgánica Electoral (título acortado) es el tema del momento. Entre otros extremos, modifica el cálculo para asignar escaños en la Asamblea; y restringe la información de los medios de comunicación durante periodos electorales.

Por el espacio solo opinaré sobre el segundo cometido.

Veamos. La propuesta presidencial señala la necesidad de regular la publicidad y la propaganda electoral: “para que se obtenga un ambiente adecuado en el cual se asegure la comunicación de las tesis o preferencias políticas …cubrir la necesidad de información a la población respecto de situaciones que le afectan …tales como: cierre o habilitación de vías, …campañas de salud …aspectos de seguridad …que en el texto remitido (por la Asamblea) no está claro…”.

viernes, 13 de enero de 2012

‘Fiat iustitia, ruat caelum’

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com | 



El Consejo de la Judicatura de Transición (CJT), tiene previsto posesionar a las juezas y jueces de la Corte Nacional el próximo 26 de enero.

Así se culminaría la última fase del Concurso de Méritos, convocado para elegir a los profesionales, que en número de 21 integrarán el más alto tribunal de la Función Judicial.

La expectativa es grande y existen temores, especialmente entre los abogados, de que no se elijan a los jueces idóneos. Y parece que no es injustificada la inquietud.

Son varios los indicios que estimulan la desconfianza a la idoneidad y resultados del proceso, incluso desde antes de la convocatoria del concurso. Empezando por la integración de los miembros del mencionado CJT, que tuvo cuestionamientos por razones de incumplimiento de edad de uno de ellos; y, de falta de independencia de todos.

Otra circunstancia que se sumó fue la vaporosa intervención de veedores internacionales, sin participación decisiva en la elaboración de las reglas del concurso ni de los parámetros de valoración de los postulantes. Al extremo que desconocían el tenor curioso de ciertas preguntas del examen psicológico efectuadas a los candidatos. Esto sin ahondar, en que uno de esos veedores está actualmente sujeto a un delicado proceso judicial en su país de origen.

viernes, 6 de enero de 2012

La baja del coronel Carrión

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com 


He tenido la oportunidad de leer la Resolución del Consejo de Generales de la Policía Nacional del pasado 19 de diciembre. En ella se calificó la mala conducta profesional del coronel César Carrión, cuando ejercía el cargo de director del Hospital de la Policía en Quito, concretamente el 30 de septiembre del 2010, en circunstancias en que se encontraba alojado el presidente Correa en una de las habitaciones de ese centro de salud. Como consecuencia de la calificación, se resolvió solicitar al ministro del Interior, el Decreto Ejecutivo dando la baja de las filas policiales al indicado coronel.

En los antecedentes se observa que Carrión tuvo una carrera profesional de más de 30 años de servicio; con una hoja de vida que registra aspectos positivos, reconocidos con condecoraciones al Mérito Profesional “Caballero” en los años 1994, 1999 y 2004; Diploma a la Conducta en el 2000, Felicitación Privada Desempeño Profesional en el 2000, Medalla al servicio distinguido Estrella de Honor en el 2009, entre otras distinciones.

La Resolución también registra aspectos negativos: 528 horas de arresto, dos juicios penales iniciados en el 2011, que estimo relacionados con la acusación de magnicidio, que luego concluyeron exonerando al coronel Carrión.

Es de resaltar, en el recuento de los hechos del procedimiento administrativo seguido contra el coronel, varios detalles. La resolución del Consejo de Generales no fue tomada por unanimidad. Hubo un voto negativo del general Dr. Édgar Machado Merino. Ello podría ser indicio de que surgieron dudas, entre las que pudieron incluirse las que comento a continuación.