viernes, 1 de junio de 2012

¿Jueces probos e idóneos?

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com | 


En mi entrega del pasado 13 de enero de este año (enlace http://unvrso.ec/0002PPA), comenté los temores sobre el proceso de selección para integrar los jueces de la nueva Corte Nacional de Justicia: que se escogieran a quienes no tengan calificación profesional y jurídica; en definitiva, que no podamos tener jueces probos e idóneos, a pesar de que fue ese el objetivo ofrecido de la reorganización.

Entonces solo existían indicios para justificar la desconfianza. Unos relacionados a la cuestionada conformación del Consejo de la Judicatura de Transición (CJT) que determinó su falta de independencia. Otro indicio fue la intervención de una veeduría internacional sin participación decisiva en la elaboración de las reglas del concurso. También la discrecional valoración de requisitos que no constaban como tales en el listado de documentos a presentar; la falencia para acreditar méritos y experiencia profesional.

A lo anterior, y luego de cumplido el proceso con sus resultados, estaríamos forzados a interpretar que la evaluación oral de dudosa utilidad y claramente discrecional que se reservaron en el concurso los miembros del CJT, habría constituido una argucia premeditada, para no ajustarse a un procedimiento objetivo de selección y así nombrar favoritos.


Buena parte de esa conclusión se deriva de la investigación del asambleísta Andrés Páez, quien la  puso en conocimiento de los veedores internacionales del proceso de selección. El Asambleísta señaló los casos concretos de varios jueces y juezas beneficiados con el manejo desobediente de las reglas del concurso y aparentemente deliberado. Páez detectó la asignación injustificada de puntos, en desmedro de otros participantes con más méritos.

También es fundamento para llegar a esa conclusión el publicitado informe de la veeduría internacional encabezado por Baltazar Garzón. El informe confirma que sí existieron incumplimientos del instructivo para acreditar méritos de los concursantes, destacándose el caso del participante Dr. Wilson Merino, elegido juez de la Sala Penal de la Corte Nacional. Este no acreditó el ejercicio profesional, es decir, su experiencia laboral como abogado, sin embargo, se le asignaron indebidamente 10 puntos adicionales, no obstante que no había demostrado “de forma fehaciente un ejercicio profesional” como se exigía en el instructivo.

Para los veedores internacionales, Merino “no acredita el ejercicio profesional con copias de demandas, alegatos o sentencias en las que haya sido abogado patrocinador”. ¿Cómo pudo darse por cumplido tan importante requisito?

En la fase de la Audiencia Pública (evaluación oral), por lo constatado en el informe (pág. 44), el postulante Merino al ser preguntado de por qué quería ser juez o qué opinaba de la administración de justicia: “…habló sobre los derechos humanos, la Pachamama, sobre el derecho al agua, etcétera. Así, hizo mención de los títulos obtenidos tales como: Lcdo., abogado y doctor en Jurisprudencia, posgrados en Derecho Constitucional… resaltando que también es profesor universitario”.

Es decir no respondió, habló como si hubiera sido “tema libre”. Los medios informaron que recibió la calificación de 7/10.

Es desalentador confirmar que los temores arriba comentados no se han desvanecido. Por el contrario, hay demostraciones de que la probidad, idoneidad y capacidades –en algunos miembros de la Corte Nacional– no están aseguradas luego de la “metida de mano a la Justicia”.

*Publicado en el Diario El Universo, el día viernes 1 de junio del 2012

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