viernes, 8 de junio de 2012

¿Interferencia o ejercicio de derecho?

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com | 

Cualquier hecho público de interés ciudadano tiene conexión con el debate político, respecto a la forma de salvaguardar los intereses del bien común. Es el caso del ingreso no autorizado y furtivo de una avioneta en el espacio aéreo nacional.

De ahí que suponer intención de escandalizar o desacreditar la gestión de una autoridad pública, no serviría para desmerecer denuncias sobre hechos que afectan la seguridad y paz del convivir nacional. Equivaldría a matar al mensajero –portador de malas noticias– para negar la realidad.

Lo comentado es pertinente a la denuncia del ministro del Interior contra el coronel Mario Pazmiño. Lo acusa de atentar contra la seguridad del Estado, frustrar investigación policial y arriesgar la vida de los investigadores y el fiscal, encargados de indagar sobre una avioneta abandonada en la Península de Santa Elena. El coronel Pazmiño publicó en Twitter, lo siguiente:

Lunes 4 de junio:

- “Quien conoce sobre avioneta abandonada en Santa Elena el sábado”.

- “Nueva narcoavioneta descubierta escuche denuncia en Radio Democracia mañana a las 06:45”.

Martes 5 de junio:

- “El viernes ingresó en horas de la noche nueva avioneta sin ser detectada por radares chinos”. 

- “Se conoce extra oficialmente que Colombia si detectó esta nueva avioneta”.

- “La avioneta llegó a un hangar privado en el balneario de San Pablo a 25 Km de Salinas”.

- “La avioneta tiene matricula mexicana”. 

- “Han pasado 5 días y ni el Ministro del Interior ni el de Defensa peor el Jefe del Comando Conjunto se han pronunciado”.

- “Que dirán hoy día las autoridades que siguen volando bajito las avionetas”.

El ministro del Interior sostiene que hay infracción del artículo 215 del Código Procedimiento Penal. La norma expresa: “las actuaciones de la Fiscalía, de la Función Judicial, de la Policía Judicial y de otras instituciones y funcionarios que intervengan en la indagación previa, se mantendrán en reserva…”.

Pero, en la reflexión sobre la acusación y las responsabilidades penales imputadas a Pazmiño, debe tenerse presente que la obligatoriedad de mantener la reserva –sujeta a sanción– es para funcionarios “que habiendo intervenido” en las actuaciones de investigación “las divulguen o pongan de cualquier modo en peligro el éxito de la investigación o las difundan...”.

Para entendidos, la reserva solamente cubre información contenida en expedientes de investigación, no los hechos públicos. Denunciar el ilegal ingreso de una avioneta y cuestionar su no detección no es igual que revelar hechos no públicos relativos al objetivo del ingreso y los nombres de los pilotos y más involucrados.

Finalmente, la denuncia del ministro obliga a recordar la declaración conjunta (2010) de los Relatores Para la Libertad de Expresión de la CIDH y de la ONU. Ahí se indica: “Es responsabilidad exclusiva de las autoridades públicas y sus funcionarios mantener la confidencialidad de la información legítimamente reservada que se encuentre bajo su control. Las otras personas, como los periodistas, integrantes de medios de comunicación o miembros de la sociedad civil que tengan acceso y difundan información reservada por considerarla de interés público, no deben ser sometidas a sanciones por violación del deber de reserva, a menos que hubiesen cometido fraude u otro delito para obtenerla”.

*Publicado en el diario El Universo el viernes 8 de junio del 2012

1 comentario:

Eliza dijo...

Como siempre se quiere desviar la atención, para así no dar explicaciones de lo que realmente está pasando en el Ecuador. Hace 5 años no había esta avalancha de problemas siempre con el narcotráfico...! (qué casualidad).