lunes, 17 de octubre de 2011

Derecho a la verdad

Jorge Alvear Macíasjorgalve@yahoo.com | 


El 24 de marzo es el “Día Internacional del Derecho a la Verdad en relación con las Violaciones Graves de los Derechos Humanos y de la Dignidad de las Víctimas”.

La ONU escogió esa fecha, en memoria de Óscar Arnulfo Romero, quien fuera Arzobispo Metropolitano de San Salvador, República de El Salvador; y, en homenaje a todos los defensores de derechos humanos.

Monseñor Romero, vehemente luchador contra la represión y defensor de los derechos humanos en su país, fue asesinado el 24 de marzo de 1980, mientras oficiaba misa. Los implicados, agentes del Estado que integraban escuadrones de la muerte, fueron liberados por aplicación de una “Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz”.

El caso llegó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que responsabilizó al Estado salvadoreño por la violación de derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, concretamente: a la vida; a las garantías judiciales, a la tutela judicial efectiva; y, a conocer la verdad de lo sucedido.

Para la CIDH, el Estado incumplió su obligación de respetar tales derechos y garantizar su libre y pleno ejercicio. También incumplió la “obligación de abstenerse de adoptar disposiciones de derecho interno que afecten el goce de los derechos consagrados en la Convención”.

Finalmente, la CIDH –órgano competente para conocer incumplimientos de compromisos contraídos en la Convención Americana de Derechos Humanos–, instó al Estado salvadoreño “…a realizar una investigación judicial completa, imparcial y efectiva, de manera expedita, a fin de identificar, juzgar y sancionar a todos los autores, materiales e intelectuales, de las violaciones encontradas…; que repare todas las consecuencias de las violaciones enunciadas, incluyendo el pago de una justa indemnización; y que adecue su legislación interna a la Convención Americana, a fin de dejar sin efecto la Ley de Amnistía General…”. Así relievó la importancia de satisfacer el Derecho a la Verdad.

Aquello guarda relación con lo expresado el pasado marzo por el Secretario General de la ONU. Dijo que las víctimas de violaciones graves de derechos humanos y sus familiares “tienen derecho a saber la verdad sobre las circunstancias en que se cometieron esas violaciones, los motivos por los que se perpetraron y la identidad de sus autores”. Valoró que el conocimiento de la verdad, les ofrece una forma de poner punto final, recuperar la dignidad y aliviar el dolor por las pérdidas.

La doctrina sobre este derecho, explica que establecer la verdad ayuda a la sociedad a promover la rendición de cuentas, respecto de esas violaciones graves. Además, con investigaciones suficientes, testimonios de víctimas y de responsables, podría obtenerse beneficio psicoterapéutico. Tal descarga emocional contribuiría “a generar una crónica compartida que facilite la recuperación y la reconciliación”, en palabras del Secretario General de la ONU.

El derecho a la verdad es un concepto jurídico supranacional, pertinente a los hechos del 30-S. Si es que hubo violaciones graves a los derechos humanos, es imperativa su reparación. La verdad facilitará la reconciliación y preservará la memoria colectiva.

Es ilegítimo frustrar este derecho con interpretaciones legales que lo restrinjan.



*Publicado en el Diario El Universo, el viernes 14 de octubre del 2011.

No hay comentarios: