domingo, 19 de abril de 2009

El buen ladrón y el mal ladrón

Jorge Alvear Macías
@jorgalve  jorgalve@yahoo.com


El título escogido de ninguna manera se refiere a Dimas y a Gestas. Se trata de identificar los nuevos “perfiles” de conducta creados por las reformas al Código Penal, publicadas el 24 de marzo en el Registro Oficial.

Desde entonces, el hurto o robo de cosas cuyo valor no pase de 654 dólares solo podrán ser reprimidos con multa de 14 a 28 dólares y prisión de 5 a 7 días. Es como que se hubiera introducido una clasificación tácita de ladrones buenos y malos, restando importancia al gravísimo denominador común: el acto condenable de hurtar o robar.

Así, el “buen ladrón” será cuidadoso en no sobrepasar la cuantía máxima y para acumular un valor superior hurtará o robará más veces. El refrenamiento de su codicia le exigirá paciencia y disciplina, para mantenerse en libertad por más tiempo, aún cuando sea detenido por cada acto antisocial de menor cuantía. El “mal ladrón” en cambio será descuidado, no se proveerá de una calculadora, será impaciente y lo querrá todo en un solo “trabajo”.

Es que con la reforma, el numeral 1 del artículo 607 del Código Penal perdió un importante efecto disuasivo sobre el potencial delincuente, olvidando sus autores que al Estado también se lo concibe como garante de nuestra seguridad personal y patrimonial. Por tanto, tal reforma resulta inoportuna y absurda.

En mi modesta opinión, el ambiente de inseguridad que vivimos, reclama un endurecimiento de las penas, para inhibir la escalada de hurtos y robos que agobia, precisamente a las familias más humildes y desprotegidas.

Los expertos conocen que si bien debe tenerse en cuenta el principio de racionalidad y humanidad para establecer la pena, la función principal de ella consiste en disuadir el impulso delictivo en los autores potenciales y refrenar en gran medida la reincidencia del delincuente (cuando este ha purgado la pena). Es decir, de su dureza depende el valor preventivo, aunque hay excepciones que confirman la regla. En definitiva, la disuasión hace prevalecer el orden jurídico y su resultado es la sensación de seguridad, paz y confianza del ciudadano en el Estado de Derecho, alejándolo de la tentación de hacerse justicia con mano propia.

Por ello me inclino a pensar, que ante la aparentemente dislocada y apresurada reforma, existe una programada intención de coordinar ese acto legislativo con la meta del Ejecutivo de vaciar los centros penitenciarios. Lo cual ya se empezó con la reducción de penas (hasta en el 50%), dispuesta en la Ley Reformatoria del Código de Ejecución de Penas (R.O. 393 del 31 de julio del 2008), que solo exceptúa a los imputados por ciertos delitos graves, beneficiando por tanto a los delitos más comunes, como son los de hurto y robo.

Dentro de esta hipótesis, también habría lugar a la afirmación de que los delitos han disminuido y que solo queda la percepción injustificada de su incremento. Pero la ciudadanía seguirá siendo despojada de sus bienes por “el buen ladrón”.

Esta audaz y temeraria maniobra pasará factura a los legisladores, más temprano que tarde, más cerca que lejos.


*Publicado en el Diario El Universo, sábado 11 abril del 2009

No hay comentarios: